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Países elegibles y asociados

Los Estados miembros siempre son elegibles; los países asociados participan en igualdad de condiciones en virtud de un acuerdo; los demás pueden participar, pero normalmente sin financiación.

Las entidades jurídicas establecidas en un Estado miembro siempre son elegibles y siempre son financiables. Los países asociados participan en las mismas condiciones en virtud de un acuerdo negociado con la UE, y sus entidades reciben financiación exactamente igual que las entidades de los Estados miembros. La lista de países asociados cambia: los acuerdos de asociación se negocian, se suspenden y se restablecen por razones políticas. Por eso se revisa en cada convocatoria; no se da por sabida.

Hay una tercera categoría: las entidades de países de renta baja y media también suelen ser elegibles para recibir financiación. Por eso los socios africanos, asiáticos y latinoamericanos aparecen regularmente en consorcios de Horizon sin que nadie los financie por separado.

Todos los demás pueden participar, pero no reciben financiación. Una organización de un país de renta alta no asociado puede incorporarse a un consorcio, contribuir al trabajo y figurar en el acuerdo de subvención, pero cubre sus propios costes: con su propio presupuesto o con un mecanismo paralelo de su gobierno nacional. Algunos países tienen precisamente mecanismos de ese tipo para este fin.

La elegibilidad de la ENTIDAD es lo que cuenta, no la nacionalidad de las personas. Una empresa establecida en un Estado miembro es elegible con independencia de quién sea su propietario o de qué pasaporte tenga su personal; una filial establecida fuera no es elegible solo porque su matriz esté dentro. Estar establecida significa ser una entidad jurídica con domicilio y registro, no una oficina comercial.

Algunos topics restringen más la participación por razones estratégicas, seguridad, espacio, cuántica y determinados ámbitos digitales o próximos a la defensa, limitando quién puede controlar a los participantes o excluyendo a entidades no pertenecientes a la UE de partes del trabajo. Esas condiciones están en el texto del topic y en los anexos generales; prevalecen sobre la regla general y se comprueban en la validación, no se discuten en la evaluación.

Términos relacionados

Beneficiario La organización que firma el acuerdo de subvención y recibe fondos de la UE. Si consigue la subvención, eso es lo que pasa a ser.
Acuerdo de consorcio El contrato privado entre socios que regula el dinero, las decisiones, la responsabilidad y la propiedad intelectual, obligatorio en la mayoría de las acciones, y que no redacta la Comisión.
Filtro de elegibilidad Una condición que determina la admisibilidad antes siquiera de considerar la calidad.
Definición de pyme El criterio formal de la UE: menos de 250 personas en plantilla y, además, un volumen de negocio de hasta €50M o un balance general de hasta €43M.

También aparece en Ley nacional de innovación en I+D (국가연구개발혁신법).

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